Llevas años fuera de España. En Europa, en América, en Asia, donde sea. Tienes un piso en España, quizás heredado, quizás comprado antes de irte, quizás una inversión. Lo usas en verano, está alquilado, o simplemente está ahí. Y cada año piensas: ¿tengo que declarar algo?

La respuesta es sí. Y probablemente más de lo que crees.

Eres no residente fiscal aunque seas español

Esto es lo que más confunde. Ser español no te convierte automáticamente en residente fiscal en España. Si llevas más de 183 días al año fuera del país y tus intereses económicos principales están en otro país, eres no residente fiscal en España aunque tengas DNI español. Y eso tiene consecuencias directas sobre tu propiedad aquí.

El Modelo 210: el impuesto que muchos desconocen

Si tienes una propiedad en España y no resides fiscalmente aquí, estás obligado a presentar el Modelo 210 del IRNR cada año. Sin excepción, independientemente de tu nacionalidad o del país donde vivas.

Lo que debes declarar depende del uso que le des al inmueble:

  • Si no lo alquilas, Hacienda te imputa una renta presunta basada en el valor catastral: entre el 1,1% y el 2% según cuándo fue revisado ese valor.
  • Si lo alquilas, declaras los ingresos reales. Dependiendo de si resides en la UE o fuera de ella, podrás o no deducir gastos. Este es uno de los puntos donde más dinero se pierde por no tener asesoramiento.
  • Si lo vendes, el comprador está obligado a retenerte el 3% del precio como pago a cuenta. Luego presentas el Modelo 210 para liquidar la ganancia real y recuperar lo que corresponda.

¿Cuánto se paga?

Depende de tu país de residencia y del convenio de doble imposición que ese país tenga con España. España tiene convenios con más de 90 países: Francia, Alemania, Reino Unido, Australia, México, Argentina, Estados Unidos, Japón y muchos más.

Estos convenios pueden reducir significativamente lo que pagas y evitar que tributes dos veces por lo mismo. Aplicarlos correctamente es donde más se optimiza, y donde más errores se cometen sin asesoramiento especializado.

Los plazos que no puedes perderte

Los plazos varían según el tipo de renta y han cambiado en los últimos años. Presentar fuera de plazo genera recargos que se evitan fácilmente con una gestión profesional.

¿Y si llevo años sin declarar?

Es más frecuente de lo que parece. La buena noticia es que se puede regularizar. Los recargos por declaración voluntaria fuera de plazo son normalmente menores que las sanciones si es Hacienda quien te detecta primero. Cuanto antes, mejor.

Por qué conviene tener un especialista en España

Gestionar el Modelo 210 desde el extranjero tiene sus dificultades: el sistema de la AEAT, los plazos, la documentación en español, los convenios internacionales. Un error puede costar más que el impuesto en sí.

En Spain Tax Experts trabajamos 100% online con clientes de cualquier país del mundo. Revisamos tu situación, calculamos lo que corresponde y presentamos todo por ti, con revisión humana en cada declaración.

¿Tienes una propiedad en España y vives fuera?

Te decimos exactamente qué debes declarar y qué puedes optimizar. Sin compromiso, en menos de 24 horas.

Modelo 210 — Más información
WhatsApp