Modelo 210 para no residentes sin errores ni demoras
Cálculo correcto, presentación en plazo y soporte ante requerimientos. Olvídate de rellenar formularios: lo hacemos por ti con garantías.
Checklist de presentación
- NIF/NIE y país de residencia fiscal correctos
- Inmueble y % titularidad verificados
- Base imponible: imputación / alquiler / ganancia
- Tipo impositivo y convenios de doble imposición
- Plazos y periodos (trimestral/anual) al día
- Justificantes listos: recibos, catastro, contratos
*Según plan. Ver condiciones en la sección de precios.
Elige tu camino
Tengo el piso y necesito presentar YA
Presentamos tu 210 por imputación, alquiler o venta. Calculamos todo y enviamos el justificante de presentación.
- Revisión de documentación y datos catastrales
- Cálculo de cuota y confección del 210
- Presentación telemática y PDF sellado
Voy a comprar y quiero evitar sorpresas
Due diligence fiscal de la vivienda y planificación del IRNR. Te dejamos la fiscalidad preparada desde el día 1.
- Simulación 210 anual / trimestral
- Retenciones correctas y certificados
- Checklist fiscal post-compra
Por qué elegirnos
Cómo funciona
- Subes documentos (escritura/IBI, contrato, recibos).
- Verificamos catastro y titularidad.
- Calculamos base, tipo y convenio aplicable.
- Confeccionamos y presentamos el 210.
- Recibes justificante y recordatorios de próximos plazos.
Presentar el Modelo 210 online (100% telemático)
Tramitamos tu 210 por Internet: recopilación de datos y documentos, confección y presentación telemática, con emisión de justificante PDF sellado y, si procede, NRC de pago.
- Sin desplazamientos ni certificados complejos: nos encargamos del flujo.
- Revisión experta antes de presentar para evitar errores y requerimientos.
- Seguimiento por email y recordatorio de próximos plazos.
Novedad 2024: Alquiler – opción de agrupación anual
Desde 2024 puede optarse por una única declaración anual por inmueble de los rendimientos de alquiler (Modelo 210), como alternativa a la presentación trimestral. La opción anual simplifica trámites y reduce errores.
Cuándo conviene la anual
- Alquiler estable todo el año en el mismo inmueble.
- Pocos movimientos de gastos/ingresos.
- Prefieres un solo justificante por año.
Precauciones
- Si cambia la titularidad, hay cese o vendes, puede requerirse declarar por periodos.
- La anual es por inmueble (no agrupar varios inmuebles en un único 210).
- Valora el flujo de caja: en anual pagarás al cierre del año en vez de por trimestres.
Calculadora IRNR (estimación)
Presentar el Modelo 210 (no residentes) requiere criterios específicos de IRNR. Evite fallos y sanciones con una revisión experta. Esta herramienta es orientativa.
Nota: desde 2024 puedes agrupar el alquiler de todo el año por inmueble (opción anual) en lugar de trimestral. Te asesoramos cuál conviene.
Comprueba revisión catastral (1,1% vs 2%) y titularidad exacta.
Para UE/EEE aplica gastos deducibles con certificado de residencia vigente.
Antes de calcular
Presentar el Modelo 210 (no residentes) requiere criterios específicos de IRNR. Evite fallos y sanciones con una revisión experta. Ver errores y sanciones.
La calculadora es orientativa. Si tienes dudas, podemos presentar tu 210 por ti y evitar errores y recargos.
Plazos y devengo (resumen rápido)
Tipo de renta | Devengo | Plazo de presentación | Notas |
---|---|---|---|
Imputación (uso propio) | 31 de diciembre | 1 enero – 31 diciembre del año siguiente | 1 modelo por inmueble y año. |
Alquiler trimestral | Último día de cada trimestre | 1–20 abril / julio / octubre / enero | Un 210 por inmueble y trimestre. |
Alquiler anual (desde 2024) | 31 de diciembre | 1 enero – 31 diciembre del año siguiente | Opción por inmueble. No agrupar varios inmuebles. |
Venta (ganancia) | Día de la transmisión | 3 meses desde el fin del plazo del 211 | Compensa la retención del 3% (Modelo 211). |
Deducciones en alquiler (UE/EEE)
Si eres residente en la UE/EEE con intercambio de información, puedes deducir gastos vinculados al alquiler:
- IBI, tasa de basuras y comunidad (parte imputable al alquiler).
- Suministros cuando los asume el arrendador por contrato.
- Reparaciones conservativas (no mejoras) y seguros.
- Intereses y gastos financieros del inmueble arrendado.
- Amortización del inmueble y mobiliario según normativa.
- Servicios profesionales (gestión, certificados, traducciones).
Requisito clave: certificado de residencia fiscal vigente y documentación justificativa de cada gasto.
Convenios de Doble Imposición (CDI)
Aplicamos el convenio España–tu país cuando proceda para evitar doble tributación: tipos reducidos, exenciones o créditos en tu país de residencia.
- Verificación de residencia fiscal (certificado oficial).
- Determinación del país con derecho a gravar según el tipo de renta.
- Emisión de justificante y certificado de impuestos pagados en España; si tu administración exige validación oficial, te guiamos/gestionamos la solicitud a AEAT.
Si no presentas certificado válido, la AEAT puede aplicar 24% y rechazar deducciones.
Errores comunes y sanciones
Errores más frecuentes
- Datos de identificación: NIF/NIE, nombre, país de residencia o NIF del representante incorrectos.
- Base imponible: Valor catastral desactualizado o mal aplicado; porcentaje de imputación erróneo (1,1% vs 2%).
- Titularidad: No indicar correctamente el % de titularidad del inmueble.
- Agrupación: Unir rentas de varios inmuebles en un único modelo (debe presentarse uno por cada inmueble).
- Agrupación anual mal aplicada: optar por anual sin cumplir condiciones (cambios de titularidad/periodos) o agrupar varios inmuebles en un único 210).
- Fechas: Devengo equivocado según tipo de renta/periodo.
- Datos bancarios: Cuenta para pago/devolución omitida o mal consignada.
- Plazos: Presentar fuera de plazo (trimestral/anual según corresponda).
- Gastos no deducibles: Incluir gastos no fiscalmente deducibles en alquiler.
Presentar el Modelo 210 (no residentes) requiere criterios específicos de IRNR. Evite fallos y sanciones con una revisión experta.
Sanciones y recargos (resumen)
Si la declaración salía a pagar
Situación | Consecuencia |
---|---|
Fuera de plazo sin requerimiento | Recargo (no sanción) |
Retraso ≤ 12 meses | 1% por cada mes completo de retraso |
Retraso > 12 meses | 15% + intereses de demora |
Error detectado por Hacienda (con requerimiento) | Sanción sobre la cuota no ingresada |
Infracción leve | 50% de la cuota no ingresada |
Infracción grave | 50%–100% |
Infracción muy grave | 100%–150% |
Si era a devolver o sin perjuicio económico
Situación | Sanción fija |
---|---|
Incorrecta o fuera de plazo, sin requerimiento | 100 € |
Tras requerimiento de Hacienda | 200 € |
Errores en datos (sin perjuicio) | 150 € |
- Conformidad (30%): si aceptas la sanción propuesta.
- Pago (40%): sobre el importe restante si pagas en período voluntario.
- Aplicando ambas, la sanción inicial puede reducirse de forma significativa.
Precios simples
Básico 210
Imputación de renta (uso propio)
€69 + IVA
- 1 inmueble, 1 periodo
- Revisión y presentación
- Recordatorio de plazos
Alquiler 210
Rentas por alquiler no residente (trimestral o anual desde 2024)
€99 / trimestre + IVA
- Cálculo con gastos deducibles UE/EEE
- Opción anual por inmueble (desde 2024)
- Pack doble imposición: justificante 210+NRC y “tax paid certificate” en ES; guía/solicitud ante AEAT si tu país exige certificación.
- Soporte a requerimientos básicos
Transmisión 210
Venta de inmueble (ganancia)
€149 + IVA
- Cálculo de ganancia y retenciones
- Presentación + alegaciones estándar
- Checklist documental completo
Precios orientativos. Consultar volumen, varios inmuebles o periodos.
Justificante PDF y pago (NRC)
Tras la presentación telemática recibes el PDF sellado del Modelo 210 y, si procede, el NRC del pago. Para devoluciones con IBAN extranjero revisamos formato SEPA y documentación para evitar rechazos.